MAESTRÍA

en Ingeniería de Manufactura

El Consejero de Estudios es el profesor designado para dar orientación y seguimiento a las actividades académicas de un estudiante al ser admitido en un programa de posgrado, en tanto le sea asignado director de tesina y Comité Tutorial. El Colegio de Profesores designará, a propuesta del Coordinador del programa correspondiente, al Consejero de Estudios que asumirá la función de director de tesina, cuando ésta sea registrada.

En el caso de alumnos de tiempo completo, se designará al director de tesina, según corresponda, a más tardar al término del primer semestre y en el caso de alumnos de tiempo parcial, al término del segundo semestre a partir de su inscripción como alumno. Los directores de tesina asumirán, a partir de su designación, el papel de consejeros de estudios.

En el caso de las especialidades que requieran la elaboración de tesina, el Director de la Unidad Académica o el Jefe de Sección que corresponda designarán a un director de tesina, a propuesta del cuerpo académico del programa correspondiente y con la opinión favorable del Colegio de Profesores.

Los alumnos que opten por un examen general de conocimientos en los programas que tengan esta opción, estarán eximidos de este requisito.

Los directores de tesina orientarán al alumno en su proceso de formación y lo dirigirán, tanto en el desarrollo y escritura de su tesina como en el cumplimiento oportuno de su programa individual de actividades. También deberán supervisar los informes de sus estudiantes a los comités tutoriales respectivos, mismos que deberán contener el grado de avance de las actividades académicas y de investigación.

La elaboración de tesina será considerada como una asignatura y no tendrá valor en créditos.

La tesina se desarrollará bajo las siguientes indicaciones:

La tesina deberá ser un trabajo original, escrito e individual que demuestre la capacidad del alumno para analizar y/o proponer alternativas de solución a problemas del área de su especialidad.

La tesina será redactada en idioma español, con la posibilidad de que el Colegio de Profesores del área apruebe casos especiales en los que la tesis se redacte en idioma inglés o en algún otro;

El director de tesina designados por el Colegio de Profesores debe ser profesor de posgrado con al menos una especialidad afin al programa y con productividad científica o tecnológica reciente.

El colegio de profesores podrá designar como director a un profesor invitado o a un profesor visitante, de acuerdo con las previsiones señaladas en el Reglamento de Estudios de Posgrado y en las políticas y lineamientos que deriven del mismo;

La tesina se realizará bajo la asesoría y responsabilidad del director tesina, quienes vigilarán que reúna la estructura indicada en el Reglamento de Estudios de Posgrado;

Cuando el trabajo de tesina involucre información que por razones de protección intelectual o industrial, requiera de confidencialidad, el Colegio de Profesores de la Unidad Académica podrá proponer a la Secretaría de Investigación y Posgrado los lineamientos y mecanismos por medio de los cuales se redactará la tesina y se llevará a cabo el examen, para evitar poner en riesgo la confidencialidad requerida. Lo anterior, con el conocimiento y aprobación documentada del alumno desde el momento del registro de la tesina en la Secretaría de Investigación y Posgrado.

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