ESPECIALIDAD

en Ingeniería Mecánica

El Consejero de Estudios es el profesor designado para dar orientación y seguimiento a las actividades académicas de un estudiante al ser admitido en un programa de posgrado, en tanto le sea asignado director de tesina y Comité Tutorial. El Colegio de Profesores designará, a propuesta del Coordinador del programa correspondiente, al Consejero de Estudios que asumirá la función de director de tesina, cuando ésta sea registrada.

En el caso de alumnos de tiempo completo, se designará al director de tesina, según corresponda, a más tardar al término del primer semestre y en el caso de alumnos de tiempo parcial, al término del segundo semestre a partir de su inscripción como alumno. Los directores de tesina asumirán, a partir de su designación, el papel de consejeros de estudios.

El Colegio de Profesores designará, en la modalidad que estime conveniente y para cada alumno en programas de especialidad, un Comité Tutorial que se integrará cuando se designe director de tesina para el estudiante, con la finalidad de dar seguimiento al cumplimiento de su programa individual de actividades y al desarrollo de su tesina.

Dicho comité estará conformado, en lo posible, por cuatro profesores con derecho a voz y voto y con al menos un Profesor Colegiado, entre los cuales uno de los directores detesina formará parte del comité. El cuarto miembro del Comité Tutorial será preferentemente externo al programa.

El Comité Tutorial será propuesto por el Coordinador del programa respectivo y aprobado por el cuerpo académico del programa y entrará en funciones a más tardar al inicio del segundo semestre después de haber ingresado el alumno y terminará éstas al designarse el jurado para el examen.

Los miembros del Comité Tutorial, los directores de tesina y los consejeros de estudio podrán cambiar durante el desarrollo del trabajo del estudiante, previo análisis, justificación y aprobación del cuerpo académico y conocimiento del Colegio de Profesores de la Unidad Académica de que se trate.

Los Comités Tutoriales tendrán a su cargo las siguientes funciones:

  1. Determinar el número de sesiones en que el alumno deberá presentar sus avances, considerando un mínimo de una sesión por semestre;

  2. Sesionar con el alumno en pleno, en presencia del director de tesina respectivo;

  3. Opinar sobre la viabilidad del proyecto de tesina y verificar el cumplimiento del programa de trabajo establecido, y

  4. Expedir en cada semestre la calificación numérica sobre el trabajo desarrollado por el alumno, aun cuando el estudiante haya concluido con todos los créditos y únicamente se inscriba en el trabajo de tesina.

Las opiniones del Comité deberán ser acatadas por el alumno y por el director de la tesina

En el caso de las especialidades que requieran la elaboración de tesina, el Director de la Unidad Académica o el Jefe de Sección que corresponda designarán a un director de tesina, a propuesta del cuerpo académico del programa correspondiente y con la opinión favorable del Colegio de Profesores.

Los alumnos que opten por un examen general de conocimientos en los programas que tengan esta opción, estarán eximidos de este requisito.

Los directores de tesina orientarán al alumno en su proceso de formación y lo dirigirán, tanto en el desarrollo y escritura de su tesina como en el cumplimiento oportuno de su programa individual de actividades. También deberán supervisar los informes de sus estudiantes a los comités tutoriales respectivos, mismos que deberán contener el grado de avance de las actividades académicas y de investigación.

La elaboración de tesina será considerada como una asignatura y no tendrá valor en créditos.

La tesina se desarrollará bajo las siguientes indicaciones:

La tesina deberá ser un trabajo original, escrito e individual que demuestre la capacidad del alumno para analizar y/o proponer alternativas de solución a problemas del área de su especialidad.

La tesina será redactada en idioma español, con la posibilidad de que el Colegio de Profesores del área apruebe casos especiales en los que la tesis se redacte en idioma inglés o en algún otro;

El director de tesina designados por el Colegio de Profesores debe ser profesor de posgrado con al menos una especialidad afin al programa y con productividad científica o tecnológica reciente.

El colegio de profesores podrá designar como director a un profesor invitado o a un profesor visitante, de acuerdo con las previsiones señaladas en el Reglamento de Estudios de Posgrado y en las políticas y lineamientos que deriven del mismo;

La tesina se realizará bajo la asesoría y responsabilidad del director tesina, quienes vigilarán que reúna la estructura indicada en el Reglamento de Estudios de Posgrado;

Cuando el trabajo de tesina involucre información que por razones de protección intelectual o industrial, requiera de confidencialidad, el Colegio de Profesores de la Unidad Académica podrá proponer a la Secretaría de Investigación y Posgrado los lineamientos y mecanismos por medio de los cuales se redactará la tesina y se llevará a cabo el examen, para evitar poner en riesgo la confidencialidad requerida. Lo anterior, con el conocimiento y aprobación documentada del alumno desde el momento del registro de la tesina en la Secretaría de Investigación y Posgrado.

  1. La tesina aprobada por el director de la misma será sometida a revisión por parte de una Comisión integrada por tres miembros, de los cuales al menos uno debe ser profesor colegiado. Se deberán incluir a los integrantes del Comité Tutorial y podrá designarse a un suplente.

  2. La Comisión será nombrada por el Colegio de Profesores y en ella deberá incluirse invariablemente al director de la tesina. Los miembros de la Comisión Revisora conformarán el jurado de examen.

  3. Los ejemplares de la tesina que el estudiante entregue a la comisión deberán llevar la firma de aprobación del director de tesina;

  4. La Comisión Revisora dará a conocer al Colegio de Profesores y al alumno, mediante el acta correspondiente y en un plazo no mayor de veinte días hábiles, su dictamen sobre la tesina presentada y le indicará, en su caso, los puntos que deban ser modificados, pudiéndose rechazar el trabajo en su totalidad por mayoría de votos, determinándose e informándose por parte de la propia Comisión al candidato, el plazo dentro del cual deberá presentar las modificaciones recomendadas a la tesina, y

  5. Aceptada la tesina, el alumno entregará un ejemplar impreso a cada miembro del jurado, un ejemplar para el acervo de la Sección de Posgrado o de la Unidad Académica y tres discos compactos de la misma en el formato que determine la Secretaría de Investigación y Posgrado, acompañando a la solicitud para efectuar el examen

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